DGAC restringe operación de drones sobre entidades de gobierno
La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) informó por medio de un comunicado a todos los operadores de Aeronaves No Tripuladas (RPA) o Drones y al público en general que existen zonas prohibidas o restringidas dentro del territorio guatemalteco.
Según el enunciado, la Regulación de Aviación Civil 101.21 “Operación en zona prohibida o restringida”, el operador deberá contar con un permiso especial para sobrevolar el artefacto en el lugar, además de la aprobación de la autoridad que controle la zona.
Las áreas restringidas por las autoridades son: El Palacio Nacional y Casa Presidencial, Bases e Instalaciones Militares, embajadas, zonas primarias dentro de los puertos marítimos y terrestres, perímetros de aproximación y despegue de aeronaves en aeropuertos y aeródromos.
La DGAC hizo énfasis en la importancia de mantener el vuelo de RPA o Drones en espacios controlados y evitar en todo momento manipular estas aeronaves en cercanías de aeropuertos, pistas de aterrizaje o en lugares donde se realicen procesos de despegue o aterrizaje.
Las personas que deseen conocer los requisitos para manejar estas aeronaves o necesitan información general sobre los procesos de manipulación y restricción de estos pueden visitar la página web www.dgac.gob.gt.
-Circular de Información Aeronáutica para aeronaves no tripuladas- pic.twitter.com/OlVvkDJkBa
— DGAC Guatemala (@guatemala_dgac) March 2, 2020
Fuente: El Periodico de Guatemala